Cuando una pareja se casa en España, surge una cuestión importante: ¿cómo gestionarán sus bienes y finanzas durante el matrimonio? En España, existen dos regímenes económicos matrimoniales principales: la separación de bienes y la sociedad de gananciales. Cada uno de estos regímenes regula de manera diferente el manejo del patrimonio de los cónyuges, y la elección de uno u otro puede tener consecuencias significativas en caso de separación o divorcio.
En este artículo, te explicamos en qué consiste cada régimen, las ventajas y desventajas de ambos, y cuál podría ser la mejor opción para ti.
¿Qué es la sociedad de gananciales?
La sociedad de gananciales es el régimen económico matrimonial que se aplica por defecto en la mayoría de las comunidades autónomas en España, según lo establecido en el artículo 1344 del Código Civil (CC). Bajo este régimen, todos los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio son propiedad común de ambos cónyuges, sin importar quién los haya adquirido o generado.
¿Qué bienes entran en la sociedad de gananciales?
Como expresa el artículo 1347 del CC, se consideran bienes gananciales aquellos adquiridos durante el matrimonio, como:
- Los sueldos y salarios de ambos cónyuges.
- Los ingresos derivados de actividades profesionales o empresariales.
- Los bienes adquiridos con dinero común.
- Los rendimientos o frutos de los bienes propios de cada cónyuge (por ejemplo, los alquileres de un inmueble propio).
Las deudas contraídas durante el matrimonio (deudas gananciales) también se consideran compartidas entre ambos cónyuges, como se menciona en el artículo 1362 del CC.
¿Qué bienes no entran en la sociedad de gananciales?
No todos los bienes forman parte de la sociedad de gananciales. Algunos bienes permanecen como privativos, es decir, pertenecen solo a uno de los cónyuges y así lo dispone el artículo 1346 del CC. Estos incluyen:
- Los bienes que ya eran propiedad de uno de los cónyuges antes del matrimonio.
- Las herencias o donaciones recibidas durante el matrimonio.
- Los bienes adquiridos con dinero propio (no compartido).
¿Cómo se divide la sociedad de gananciales?
En caso de divorcio o separación, la sociedad de gananciales se disuelve y los bienes comunes se dividen en partes iguales entre los cónyuges. Esto significa que cada uno tiene derecho a la mitad de los bienes gananciales, sin importar quién generó más ingresos o contribuyó económicamente en mayor medida durante el matrimonio.
Ventajas y desventajas de la sociedad de gananciales
Este régimen tiene varias ventajas:
- Distribución equitativa: Todo lo adquirido durante el matrimonio se divide por igual entre los cónyuges, lo que puede ser justo si uno de los dos ha dedicado más tiempo a tareas familiares o domésticas en detrimento de su carrera profesional.
- Simplicidad: Al ser el régimen por defecto en la mayoría de España, no es necesario realizar trámites adicionales para aplicarlo.
Sin embargo, también presenta desventajas:
- Riesgo compartido: Si uno de los cónyuges contrae deudas, los bienes gananciales pueden utilizarse para pagarlas, afectando al otro cónyuge.
- Falta de independencia financiera: Ambos cónyuges tienen menos autonomía para gestionar su patrimonio personal. ya que todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran compartidos.
¿Qué es la separación de bienes?
La separación de bienes es un régimen en el que cada cónyuge conserva la propiedad y administración de sus propios bienes, tanto los adquiridos antes como durante el matrimonio, según lo establecido en los artículos 1435 a 1444 del CC. De este modo, los ingresos y bienes generados por cada uno pertenecen exclusivamente a quien los ha obtenido, y no se mezclan en un patrimonio común.
¿Cómo funciona la separación de bienes?
Para optar por este régimen, es necesario firmar capitulaciones matrimoniales, que es un contrato que debe realizarse ante notario, ya sea antes del matrimonio o en cualquier momento posterior.
En la separación de bienes, cada cónyuge mantiene el control sobre su patrimonio, y las deudas contraídas por uno no afectan al otro. Y en caso de divorcio, cada cónyuge conserva la propiedad de sus bienes, y no existe una división de un patrimonio común, como sucede en la sociedad de gananciales.
Ventajas y desventajas de la separación de bienes
Algunas de las ventajas de este régimen incluyen:
- Independencia económica: Cada cónyuge gestiona sus bienes y deudas de manera independiente, lo que puede ser ideal en casos donde ambos quieren mantener sus patrimonios separados o si alguno de los cónyuges tiene un negocio de riesgo.
- Protección frente a deudas: Si uno de los cónyuges contrae deudas, el otro no es responsable de ellas, lo que protege su patrimonio personal.
Sin embargo, también existen algunas desventajas:
- Desigualdad en caso de separación: Si uno de los cónyuges ha contribuido más económicamente durante el matrimonio, no se repartirán los bienes a partes iguales, lo que puede generar desequilibrios si el otro ha dedicado más tiempo a cuidar de la familia o del hogar.
- Trámites adicionales: Para establecer este régimen es necesario firmar capitulaciones matrimoniales, lo que implica un trámite notarial.
¿Cuál es la mejor opción para ti?
La elección entre la sociedad de gananciales y la separación de bienes depende de diversos factores, incluyendo las circunstancias personales, las expectativas financieras y la situación laboral de ambos cónyuges. A continuación, te damos algunas claves para ayudarte a tomar la mejor decisión.
¿Cuándo elegir la sociedad de gananciales?
Este régimen puede ser ideal si ambos cónyuges tienen ingresos similares o desean compartir los frutos económicos del matrimonio de manera equitativa. También es una opción adecuada cuando no existen grandes diferencias económicas entre ambos, o cuando uno de los cónyuges asume un rol de cuidado del hogar o de los hijos, confiando en que la otra parte generará la mayoría de los ingresos.
Además, al ser el régimen por defecto en muchas comunidades autónomas, si no se toma ninguna decisión explícita, la pareja quedará sujeta a este régimen.
¿Cuándo optar por la separación de bienes?
La separación de bienes es recomendable cuando ambos cónyuges desean mantener independencia económica, especialmente si uno de ellos posee un patrimonio considerable o ingresos mucho mayores. También es una opción lógica si alguno de los cónyuges tiene un negocio o una actividad económica de riesgo, ya que así se protege el patrimonio del otro.
Además, este régimen es común en comunidades autónomas como Cataluña o Baleares, donde la separación de bienes es el régimen por defecto, a menos que se acuerde lo contrario.
¿Es posible cambiar de régimen matrimonial?
La respuesta es que sí. Si ya estás casado bajo el régimen de sociedad de gananciales y deseas cambiar a separación de bienes, o viceversa, puedes hacerlo mediante la firma de capitulaciones matrimoniales ante notario, como así lo disponen los artículos 1325 y siguientes del CC.
En conclusión, la decisión entre separación de bienes y sociedad de gananciales es una de las más importantes en un matrimonio, ya que afecta la manera en que se gestionarán los bienes y las deudas a lo largo de la relación. Cada régimen tiene sus ventajas y desventajas, por lo que es esencial evaluar detenidamente tu situación. Tanto si deseas compartir todo con tu pareja como si prefieres mantener cierta independencia económica, es importante conocer las implicaciones legales y económicas de cada régimen.